El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo contempla la FORMACIÓN DE DEMANDA, entendida como aquella que realizan las empresas para sus trabajadores, incluyendo los permisos individuales de formación, y que responde a las necesidades específicas que plantean unas y otros.
SISTEMA DE BONIFICACIÓN DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL
¿En que consiste?
Las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada dicha formación.
¿Qué cuantía corresponde por empresa?
La cuantía de dicho crédito se fijará teniendo en cuenta el importe ingresado por las empresas en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior, mediante la aplicación a dicho importe de un porcentaje de bonificaciones que se fija en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio y que será inversamente proporcional al tamaño de las empresas.
De 6 a 9 100%
De 10 a 49 75%
De 50 a 249 60%
250 o más 50%
Las empresas de 1 a 5 trabajadores, en lugar de un porcentaje disponen de un crédito de 420€.
Permisos Individuales de Formación.
Además, la presente orden reconoce un crédito adicional a las empresas para la realización de permisos individuales de formación, favoreciendo su generalización al conjunto de los trabajadores, dentro del respeto a la organización del trabajo en el seno de la empresa.
SIMULADOR DE CRÉDITO.
Permite calcular la cantidad asignada a cada empresa para desarrollar acciones formativas.
Click aqui para iniciar su simulación
Normativa reguladora:
ORDEN TAS/2307/2007, de 27 de julio, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda.
Más información:
CENTRO DE INFORMACIÓN PARA LA FORMACIÓN PARA EL EMPLEO